Notificaciones electrónicas
¿QUÉ ES?
¿QUÉ NECESITO?
Tener un certificado electrónico reconocido
Tener una dirección de correo electrónico
Suscribirse a los procedimientos
¿CÓMO ME SUSCRIBO?
¿CÓMO FUNCIONA?
Sustituye a las notificaciones por correo postal. Le recomendamos que al menos una vez cada diez días acceda a la Sede Electrónica, servicio de notificación electrónica por comparecencia, para consultar si existe alguna notificación disponible.
Cada vez que se ponga a disposición una notificación electrónica se enviará un correo electrónico informativo a la dirección de correo electrónico indicada. Este correo electrónico solo tiene efectos informativos.
Transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación electrónica sin acceder a la misma, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y surtirán los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dándose por notificado el acto a todos los efectos salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.
Le recomendamos que compruebe si su equipo cumple con los requisitos mínimos para el uso del servicio. Puede consultar esta información en la Sede Electrónica. También puede comprobar si su equipo está preparado para la interacción con el componente de firma desde la siguiente página.
¿QUÉ VENTAJAS TIENE?
- Seguridad: Total garantía de seguridad, confidencialidad, seguridad jurídica.
- Comodidad: Ahorro de tiempo y flexibilidad.
- Fácil: acceso a través de Internet. Se recibe un correo electrónico con el aviso de notificación.
- Accesibilidad: Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana.
- Cercanía: Sin desplazamientos ni esperas
- Ahorro: Suprime la impresión, ensobrado y manipulado de la notificación.
- Sostenibilidad: Sin papel y sin emisiones. No hay impresiones ni desplazamientos.