REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
En virtud de las competencias que la Presidencia de REGTSA tiene atribuidas de acuerdo al art. 13.6 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el art. 27 del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio y arts. 185 y 186 del RDL 2/2004, de 4 de marzo, por el que se aprueba el TR de la LRHL, en relación con el art. 10.k. de los
Estatutos de REGTSA, acordó, el Consejo de Administración fijar las indemnizaciones que perciben por su asistencia a las sesiones de dicho Consejo de Administración en las siguientes cuantías:
Presidente | 80€ |
Consejeros | 80€ |
Interventor | 480€ |
Tesorero | 480€ |
Secretario | 480€ |
Jefe Contabilidad | 480€ |
Lo que se hace público para general conocimiento.